1. ¿Qué es la CTS?
Para comenzar, definamos qué es la CTS. La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es el depósito que de manera obligatoria, debe realizar el empleador a favor de sus trabajadores por el tiempo que han servido a su empresa.
Este depósito se realiza dos veces en el año, en mayo y noviembre.
2. ¿Por qué nos depositan la CTS?
La finalidad es que contemos con un respaldo económico o un seguro de desempleo en caso de perder nuestros puestos laborales actuales.
3. ¿Dónde la depositan?
Tú decides en qué entidad quieres que te depositen tu CTS. Puedes elegir entre: bancos, cajas rurales, cajas municipales o cualquier entidad financiera. Y si acaso en algún momento quieres cambiar de entidad, puedes hacerlo sin ningún problema.
Al tomar la decisión, debes considerar diversos factores, como: la Tasa de
Rendimiento Efectivo Anual (TREA), la cual te indica el monto que ganas por depósito, para que elijas la que hace rendir más tu dinero en el tiempo; así también, toma en cuenta que muchas entidades ofrecen promociones y tasas más altas al sumar tu cuenta de CTS con tu Cuenta Sueldo de la misma institución, y te ofrecen la posibilidad de acceder a otros productos financieros, ya sea un crédito hipotecario, tarjetas de crédito, préstamos personales, entre otros.
4. ¿Puedo disponer de mi CTS?
Como ya comentamos, el fin de contar con este depósito es tener un respaldo económico ante la pérdida de nuestro empleo. La norma vigente sobre la CTS, permite disponer del excedente de cuatro remuneraciones brutas que se encuentren depositados en nuestra cuenta individual de depósito de CTS.
5. ¿Quiénes deben recibirla?
Todos los trabajadores que laboren como mínimo 4 horas diarias en una empresa que pertenezca al régimen laboral de la actividad privada.